Exención del Impuesto de Matriculación (IDM)
Según el Art. 66 de la Ley de Impuestos Especiales, los vehículos registrados como VTC están exentos del pago del Impuesto de Matriculación siempre que se destinen a la actividad profesional de transporte con conductor.
Deducción del IVA
-- 100% de deducción si el vehículo se utiliza exclusivamente para la actividad de VTC.
-- 50% de deducción automática en casos de uso mixto, de acuerdo con la Agencia Tributaria.
Régimen de módulos (estimación objetiva)
Disponible para muchos autónomos de VTC, este régimen permite simplificar las obligaciones fiscales y optimizar la carga tributaria, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria.